El Comité Ejecutivo de la
Federación de Comercios y Servicios del centro de Sevilla, en reunión mantenida en el día de hoy ha
rechazado la subida de impuestos anunciada por el Alcalde y pide una reconsideración de la misma, máxime cuando no fue anunciada en la pasada campaña electoral.
La ilusión generada en los primeros momentos de su mandato, el apoyo y diálogo que ha mostrado con el comercio, se vería ahora comprometido por una medida que tanto castigaría a un sector fuertemente golpeado por la crisis y que trata de salir de ella, con generación de empleo y riqueza para la ciudad.
Esta organización entiende que
una política fiscal que incremente las cargas fiscales de las empresas del centro de Sevilla, los más afectados por la medida,
repercutiría negativamente en la actividad empresarial y en la creación de empleo.
Conviene recordar que la competencia fiscal entre municipios puede provocar una huida de la inversión empresarial a municipios limítrofes con mejor tratamiento fiscal, y que bajo el pretexto de una mayor recaudación lograr el efecto contrario. La curva de Laffer demuestra como una mayor imposición (IBI) puede tener como resultado una menor recaudación (licencias de obras, aperturas, impuestos de actividades económicas, tasas de basura…).
Sorprende a esta asociación que siendo el único Centro Comercial Abierto y Zona de Gran Afluencia Turística de la provincia, reconocido por las administraciones públicas se pretenda un trato fiscal peyorativo. Incluso cuando previamente se había solicitado la aplicación de las bonificaciones que permite la Ley de Haciendas locales para aquellos inmuebles en los que se desarrollen actividades económicas de fomento del empleo (art. 74.2.quérter de la Ley de Haciendas Locales) y, sin embargo, se pretende optar finalmente por los recargos para el 10% de los inmuebles de cada uso catastral exceptuando los residenciales (art. 72.4 de la Ley de Haciendas Locales).
Por último, no se aclara para que usos establecidos en la normativa catastral se pretende la subida, ya que son innumerables, porque en ese concepto entran todos los que no sean meramente residencial privados.
Industrial (Fabricación y Almacenamiento, garajes y aparcamientos, servicios de transportes).
Oficinas (En edificios exclusivos o en viviendas, banca y seguros).
Comercial (En edificios exclusivos, en locales y talleres, hipermercados, supermercados y mercados)
Deportivas, (cubiertos o descubiertos, piscinas, estadios de futbol, plazas de toros, hipódromos…)
Espectáculos (Bares musicales, salas de fiestas, discotecas, cines y teatros)
Ocio y hostelería (Hoteles, hostales, aparta hoteles, restaurantes, bares, cafeterías, exposiciones y congresos…)
Sanidad y beneficencia (Sanatorios, clínicas, hospitales, ambulatorios, consultorios, casa de baños, asilos, residencias, comedores, clubs, guarderías…)
Culturales y religiosos (Internados, colegios mayores, facultades, colegios, escuelas, bibliotecas, museos, conventos, centros parroquiales, iglesias y capillas.)
Edificios singulares (Monumentales, administrativos, representativos, penitenciarios, militares…)
http://www.catastro.minhap.gob.es/documentos/normativa/rde_102093_2506.pdf
(páginas 19-21).
En definitiva es opción del Sr. Alcalde optar entre la disminución, el mantenimiento o el aumento de impuestos con las consecuencias negativas que tendría esta última medida de destrucción de empleo y actividad empresarial.
No obstante lo anterior, esta Federación ofrece su colaboración, que tantos frutos positivos nos está dando en otros asuntos, quedando a disposición del Señor Alcalde para consensuar cualquier tipo de modificación en la tributación local, de la forma más beneficiosa para todos.